Valdemorillo aprueba una nueva ordenanza para regular la tramitación y concesión de las ayudas de emergencia social

Ayuntamiento

Las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Valdemorillo ya viene otorgando ante situaciones de emergencia social, ya sean para cubrir las necesidades básicas y de subsistencia o para atender gastos de alojamiento, transporte y/o escolarización, se otorgarán desde ahora “de forma más ordenada y justa”. Y así lo destacó la alcaldesa, Gema González, en la presentación ante el Pleno de la nueva ordenanza municipal aprobada ahora inicialmente, respondiendo así a la propuesta presentada mediante moción conjunta de los grupos Sí Se Puede e IU, aprobada el pasado mes de junio.

De este modo, y manteniendo el criterio de conceder tales ayudas siempre en función de lo informado por el trabajador social, en la nueva normativa quedan a recogidos los baremos a aplicar, así como las condiciones para ser beneficiario, estableciéndose como requisitos el estar empadronado en la localidad con una antigüedad mínima de dos años y poder justificar, mediante documentación correspondiente, la necesidad de percibir tales prestaciones, ayudas viables siempre que disponga de consignación presupuestaria y que, por familia y en conjunto, no pueden llegar a superar los 900 euros por ejercicio.

De hecho, la ordenanza que entra ahora en fase de exposición pública para seguir tramitación hasta su aprobación definitiva, concreta en uno de sus anexos la cuantía máxima a conceder en relación a cada una de las modalidades establecidas por el Consistorio. Así, en concepto de fianza para el alquiler las ayudas pueden llegar a los 700 euros anuales, o los 300 que igualmente pueden percibirse, si así lo avalan el oportuno informe de los Servicios Sociales, para gastos de comedor escolar, guardería y/o escuela infantil.

Estos son sólo algunos ejemplos entre el listado de supuestos que incluye, además, el capítulo de transportes, facilitándose con un tope al año de dos abonos de tipo normal, hasta 100 euros para compra de libros y material escolar y, ya en otro orden de necesidades, para alojamiento y manutención en pensiones y hostales por motivos de urgencia (dotada con un máximo de 300 euros), reparaciones pequeñas y suministros, así como para adquisición de alimentos, medicinas, gafas, audífonos y otros artículos básicos, ambas modalidades de ayuda cuantificadas hasta en 250 euros.

En suma, y al objeto de responder al objeto real de estas posibles prestaciones, el de cubrir necesidades de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, contribuyendo a prevenir situaciones de exclusión social favoreciendo la plena integración de quienes carecen de recursos propios, cabe destacar el «carácter temporal, complementario y subsidiario” de estas ayudas, que pasan así a estar “mejor reguladas para asegurar el apoyo del Ayuntamiento ante aquellos casos que se registren en el municipio”.

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