Archivada la querella contra la alcaldesa de Valdemorillo, condenando en costas a los concejales de Sí Se Puede e IU por haber actuado de forma «caprichosa» y con «mala fe»

El Juzgado número 1 de San Lorenzo de El Escorial ha archivado la querella presentada por Nicolás Bayarri, Gabriel Bayarri, Silvia Ruz (concejales de Sí Se Puede) y Rosario Cámara (Izquierda Unida) contra la alcaldesa de Valdemorillo, Gema González, y el primer teniente de alcalde y edil de Hacienda, Luis Entero, por los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad de documento.

Los denunciantes señalaban que la deuda que Entero mantenía con el Ayuntamiento fue eliminada en los meses de marzo y abril de 2017 de la relación de embargos de saldos en cuentas corrientes de deudores de la Hacienda municipal sin que se hubiera satisfecho su importe, asegurando además que fueron cesados de sus cargos como concejales del Gobierno al denunciar estos hechos.

Sin embargo, del relato posterior de los hechos se desprende que fue uno de los querellantes, entonces concejal de Hacienda, “acordó la suspensión provisional de la gestión de cobra, entre otras, de las deudas que uno de los querellados mantenía con el Ayuntamiento, ello tras haber comunicado éste que al tiempo, y por mayor importe, era también acreedor del ente público”, circunstancia que fue omitida en la denuncia.

En la resolución judicial se indica que la instrucción del procedimiento “ha evidenciado sin margen de duda que los hechos que motivaron su incoación no son constitutivos de delito”, indicando también que el “relato fáctico que se contuvo en la querella omitió datos esenciales cuya aportación hubiera determinado la inicial desestimación” de la misma.

En cuanto a la retirada de los cargos de los ediles de Podemos e Izquierda Unida, el juez señala que el decreto de la alcaldesa se firmó con fecha 6 de abril de 2017, mientras que la primera denuncia se produce ante la Fiscalía el 25 de mayo, dos semanas después de que se pidiera el acceso a documentación municipal, entendiendo que no existe una relación de causa-efecto entre ambos hechos. Es más, el titular del Juzgado número 1 de San Lorenzo afirma que el relato de los querellantes constituye “un totum revolutum […] desprovisto de relevancia penal”, por lo que acuerda el sobreseimiento y archivo de la causa, además de imponer las costas procesales causadas a los querellantes, señalando que la denuncia “obedeció a un acto puramente caprichoso y sin sentido o con uno ajeno al que debe caracterizar el recurso a la jurisdicción penal, atribuyendo hechos que se sabía o hubiera debido saberse que eran falsos o no podían haberse cometido por algunos de aquellos a quienes se atribuían”, entendiendo en definitiva que los querellantes habían actuado de “mala fe”. 

Tras este sobreseimiento y archivo del procedimiento, la alcaldesa, Gema González, mostraba su satisfacción por la resolución y añadía que “se ha tratado de judicializar una cuestión política para dañar mi imagen en los medios; eso es mala fe, y de ahí la condena en costas”. Asimismo, ha señalado que estudiarán la posibilidad de tomar acciones contra los querellantes, ya que han intentado hacer daño a su «imagen personal». «Les quité las delegaciones porque era imposible trabajar y coordinarse con ellos», recordó.

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