Los vecinos de Valdemorillo pagarán el IBI en dos plazos a partir del próximo año
15 son las ordenanzas que lleva aprobadas el actual equipo de Gobierno de Valdemorillo, plasmando en ellas muchas de las medidas que considera prioritarias de cara a garantizar un mejor servicio a los vecinos, haciendo más ágil aspectos de la gestión, simplificando trámites y adoptando un buen porcentaje de medidas orientadas, precisamente, a hacer más fácil al contribuyente local el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Buena prueba de ello es la nueva modalidad de pago que se establece para el abono del Impuesto de Bienes Inmuebles. Y es que a partir de 2017 y con carácter general, el IBI se abonaráen dos plazos, el primero en los meses de mayo y junio, y el segundo entre octubre y noviembre. Así, con la modificación de la ordenanza reguladora de ese impuesto, se reduce la alta estacionalidad de los ingresos del Consistorio, lográndose con ello un ahorro en operaciones de tesorería con los bancos. Además, aumentan las bonificaciones a las familias numerosas, diferenciando por primera vez entre las generales (60%) y las especiales (70%), y abriendo además la puerta a centros de investigación públicos y universidades, con un 95% de bonificación.
La ordenanza general de gestión, recaudación e inspección es otro ejemplo ilustrativo de la nueva realidad normativa municipal. Con ella, y tal como se destaca desde la Concejalía de Economía, Hacienda y Administración Electrónica, se avanza en “una gestión más social”, con aplazamientos mayores y de mayores deudas, mayor flexibilidad en los fraccionamientos y la posibilidad de reducir los casos en que se requiere aval bancario.
Igualmente con objeto de garantizar transparencia y mantener un control efectivo sobre el dinero público que se entrega a modo de subvenciones se ha aprobado la ordenanza correspondiente, que complementa a la de buen gobierno, transparencia acceso a la información y reutilización, que para dar un nivel de transparencia aún mayor del que exige la ley, implementa las indicaciones y observaciones de la Fundación CIVIO.
En otro plano, y a solicitud de las entidades urbanísticas, se cuenta ya también con la ordenanza fiscal de la tasa por el servicio de recaudación en vía ejecutiva de las cuotas adeudadas a juntas de compensación, entidades urbanísticas colaboradoras de conservación y demás órganos análogos de naturaleza urbanística. Se da así regulación y seguridad jurídica a una gestión que se venía ofreciendo en la práctica por este Ayuntamiento.
Adecuándose para acercarse al coste efectivo del servicio mientras que se elimina la comúnmente llamada tasa de podas, se materializó también la ordenanza destinada a regular la recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, y objeto de modificación ha sido la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de edificios, estableciendo el coste gratuito para favorecer el derecho de reunión y asociación.
Y los objetivos a cubrir con el resto de ordenanzas ya aprobadas queda igualmente concretado, tal como se reseña a continuación:
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR USO Y FUNCIONAMIENTO DE PLAZAS DE GARAJE DEL AYUNTAMIENTO SITAS EN CALLE ANTOÑETE (BAJOS MERCADONA)
Se estipula un precio público de 20 euros al mes, para ajustarse exclusivamente al coste de servicio. Con esta medida se pretende favorecer el aparcamiento en el municipio.
ORDENANZA DE PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORA ARBOLADO URBANO
Para regular las actuaciones de talas y trasplantes del arbolado, así como la poda de determinadas especies en suelo urbano tanto público como privado.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
Se aumenta la bonificación del 50% al 60 % en los casos de transmisión por fallecimiento.
ORDENANZA DE SEDE ELECTRÓNICA
Para establecer una regulación adecuada y como requisito previo a la implantación de una sede electrónica para el municipio.
ORDENANZA DE CREACIÓN DE FICHEROS Y DOCUMENTO DE SEGURIDAD
Para garantizar adecuadamente la seguridad de los datos de los vecinos.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Una debida puesta al día tras 20 años de desactualización.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE APROVECHAMIENTO DOMINIO PÚBLICO
Principalmente, con objeto de ajustarla al nuevo calendario fiscal.
ORDENANZA MUNICIPAL DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS, AUTOMÓVILES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Regulación para favorecer a las personas discapacitadas del municipio.
Todo el vecino y usuario en general interesado en conocer al completo el contenido de todas estas ordenanzas y sus correspondientes expedientes, puede consultarlo accediendo acceder en el siguiente enlace:
http://82.98.144.185/participas/transvaldemorillo/gestion-economica/expedientes/es/35