Entra en vigor la nueva Ordenanza Municipal sobre el Estacionamiento en la vía pública de Torrelodones
La nueva Ordenanza municipal del Servicio de Ordenación y Regulación del Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública y Espacios de Uso Público de Torrelodones ha entrado en vigor tras haber sido sometida a información pública sin que se presentaran alegaciones durante el plazo legalmente establecido. Las zonas de estacionamiento limitado funcionarán de lunes a sábado de 09:00 a 19:00 h. en invierno y en verano.

Precios por zonas
La ordenanza establece cuatro tipos de Zonas de Estacionamiento Limitado, en función del tiempo máximo permitido de estacionamiento:
- Zona 1: hasta 180 minutos
- Zona 2: hasta 120 minutos
- Zona 3: hasta 60 minutos
- Zona 4: hasta 30 minutos
También se definen Áreas Especiales de Estacionamiento dirigidas a residentes o trabajadores en el municipio, con un tiempo máximo de estacionamiento de 48 horas.
Están exentos de la limitación de tiempo determinados vehículos, entre ellos:
- Vehículos de personas con movilidad reducida con tarjeta correspondiente
- Vehículos con distintivo ambiental «Cero Emisiones»
- Vehículos sanitarios y de emergencias
- Taxis y VTC con conductor presente
- Vehículos de organismos públicos o con autorización municipal
Tarjetas de estacionamiento
El estacionamiento en zonas limitadas estará regulado mediante máquinas expendedoras de tiques o sistemas equivalentes. Para las Áreas Especiales de Estacionamiento, los usuarios deberán disponer de una tarjeta de estacionamiento expedida por el Ayuntamiento, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos establecidos, como estar empadronado o trabajar en el municipio, disponer del vehículo a su nombre y estar al corriente del pago de tasas e impuestos.
El Ayuntamiento informará a través de la web y redes sociales municipales de los plazos para que los vecinos puedan solicitar las nuevas tarjetas de estacionamiento. La solicitud de la tarjeta de estacionamiento deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del documento Nacional de Identidad, tarjeta de residentes para extranjeros o pasaporte.
2. Fotocopia del permiso de circulación del vehículo que acredite que el solicitante o su representado es el conductor habitual del vehículo.
3. Certificado de empadronamiento en el municipio o justificación fehaciente de contar con un puesto de trabajo en el municipio para los no empadronados.
4. En el caso de trabajadores en el municipio que no sean residentes, justificante del alta del vehículo en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de TracciónMecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Torrelodones.
5. Justificación de estar al corriente del pago del impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica, así como de cualquier otro tributo municipal.
6. Justificante de pago de la tasa de expedición del título habilitante que vendrá determinada en la ordenanza fiscal correspondiente.
Dicha ordenanza, aprobada inicialmente en sesión plenaria del 20 de marzo de 2025, tiene como finalidad organizar y regular el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en zonas debidamente señalizadas, con el objetivo de garantizar la rotación de vehículos y mejorar la movilidad urbana.