La Justicia ordena a Castilla y León iniciar el desmantelamiento de la estación de esquí de Navacerrada y restaurar la zona

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Junta a declarar la caducidad de la concesión de la estación de esquí de Navacerrada en Segovia y a resolver la liquidación, la retirada de las instalaciones y la restauración de la zona.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Valladolid, ha estimado parcialmente el recurso de la Abogacía del Estado, presentado en representación del Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), propietaria del enclave en el que se ubica la estación de esquí.

El recurso impugnaba el Acuerdo de 14 de octubre de 2021 de la Junta de Castilla y León, por el que se declaraba incompetente para resolver la solicitud de interrupción del cómputo del plazo de la ocupación de 7,6556 hectáreas en el ‘Pinar de Valsaín’, paraje en el que se encuentra la estación, así como la caducidad de la concesión y los actos de liquidación.

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Dos esqiuiadores acuden a la estación del Puerto de Navacerrada

Acuerdo contrario a derecho

El TSJCyL estima que dicho acuerdo de la Junta es «contrario a derecho» y que, conforme a la Ley de Montes, la administración autonómica es la competente para declarar la caducidad de la ocupación.

Por ese motivo, los magistrados han considerado que la Junta debe «pronunciarse, a propósito de la referida declaración de caducidad, sobre la solicitud efectuada por la mercantil concesionaria en relación con la interrupción temporal del cómputo del plazo de duración (o prórroga) como consecuencia de los efectos derivados de la pandemia COVID-19».

En la sentencia los magistrados explican que «debe ser la misma administración autonómica la competente para pronunciarse sobre la solicitud de interrupción», puesto que la Junta ha asumido las competencias de la gestión de la concesión, también en lo relativo a la autorización de la revisión y la actualización del canon.

La sentencia concluye que «lo que realmente se está discutiendo, dejando al margen el procedimiento para el otorgamiento de una nueva concesión, es qué administración debe asumir la competencia para gestionar los efectos derivados de la extinción (por caducidad) de la concesión, con las consiguientes obligaciones en materia de liquidación del estado posesorio y en materia de retirada de las instalaciones y de restauración de la realidad física alterada. Y en este punto entendemos que la respuesta es la comunidad autónoma».

La sentencia del TSJ aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. En este sentido, el portavoz de la Junta de Castilla y León, Carlos Fernández Carriedo, ha asegurado este jueves que el Gobierno autonómico «estudiará con detalle» la resolución judicialyque, «si hay algún margen para los recursos, lo estudiaremos y lo ejerceremos si es posible».

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