El TSJM avala la prohibición de los fuegos artificiales junto al Monasterio de San Lorenzo de El Escorial

Patrimonio Nacional celebra la resolucion, mientras el Ayuntamiento anuncia la presentación de un recurso de casación, defiende "una de las tradiciones más queridas por los vecinos" y recuerda que, durante 30 años, el espectáculo pirotécnico se había desarrollado sin problemas.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial contra la resolución de la Delegación del Gobierno de Madrid, que denegaba la celebración de un espectáculo pirotécnico el 15 de agosto de 2022 en el Paseo Juan de Borbón y Battenberg, junto al Real Monasterio, cuya gestión es competencia de Patrimonio Nacional. Los fuegos artificiales se habían venido desarrollando sin interrupción en este mismo espacio desde 1994, con la única excepción de los años de la pandemia.

El fallo del tribunal avala así la decisión de la Delegación del Gobierno, que se basaba en el informe presentado por Patrimonio Nacional, según ha informado este organismo en un comunicado. En dicho informe, la institución defendía priorizar la protección del conjunto monumental, declarado Patrimonio Mundial por la UNESCO en 1984, y consideraba «un riesgo inaceptable» celebrar el espectáculo pirotécnico en el entorno del Monasterio.

Informe de Patrimonio Nacional

El texto subrayaba que experiencias similares celebradas anteriormente -tradicionalmente los fuegos artificiales se situaban en el Paseo Juan de Borbón (y anteriormente se tiraban desde los Canapés), congregando a miles de personas en la Lonja del Monasterio y su entorno- habían provocado daños en la fachada debido a las vibraciones, roturas de cristales en ventanas e, incluso, algún conato de incendio. Pese a ello, entre 1994 y 2019 (en 2020 y 2021 se suspendieron por las restricciones como consecuencia de la pandemia) el espectáculo pirotécnico se había venido desarrollando sin incidentes de gravedad.

Fuegos artificiales Monasterio San Lorenzo de El Escorial

Según recoge la sentencia, «la interpretación del Ayuntamiento de excluir el Parque de la Bolera y las edificaciones del Bosque de la Herrería o los Jardines de Los Frailes y Boj (que indudablemente están a una distancia inferior a 60 metros de la zona de disparo) por no ser edificaciones, no ha de ser tomada en consideración. En especial, puesto que dichos Jardines desde 1931 han sido declarados monumento histórico-artístico por Decreto de 3 de junio de 1931, que declaró como tales los Palacios y Jardines que pertenecieron al Patrimonio de la Corona (art. 2)».

La controvertida decisión se anunció el 12 de agosto de 2022, días después de que el Pleno de la Corporación local aprobase, con los votos a favor de Partido Popular, Ciudadanos, Vecinos y Vox (PSOE y Podemos se abstuvieron), “apoyar la realización del tradicional espectáculo piromusical de cierre de Fiestas Patronales, por su efecto dinamizador y la repercusión económica en el municipio, y solicitar a Patrimonio Nacional la colaboración necesaria para la celebración del evento”.

Pasados dos años, Patrimonio Nacional celebra la decisión judicial y afirma que «continuará cumpliendo la normativa para garantizar la seguridad y protección de los espacios históricos que gestiona». El fallo también menciona el precedente de la Plaza del Obradoiro, en Santiago de Compostela, donde desde 2020 están prohibidos los espectáculos con fuegos artificiales debido al riesgo que suponen para el patrimonio.

No ocurre así en otros muchos puntos de España y también de otros países, incluyendo varias ciudades cuyos conjuntos monumentales también forman parte del Patrimonio Mundial de la UNESCO, como Carcassonne (Francia), Québec (Canadá), Budapest (Hungría), Colonia (Alemania), Río de Janeiro (Brasil), Ping Yao (China), Dubrovnik (Croacia) o Salzburgo (Austria), entre otras, donde cada año se desarrollan espectáculos de fuegos artificiales similares a los que se venían celebrando junto al Monasterio.

Comunicado del Ayuntamiento

Tras conocerse esta resolución, el Ayuntamiento ha hecho público un comunicado anunciando que presentará un recurso de casación, «entendiendo que durante los 30 años de celebración del evento se han cumplido todas las prescripciones técnicas, excepto la conformidad de Patrimonio Nacional el pasado año 2022″.

«Los informes de la empresa pirotécnica, del arquitecto técnico municipal y de la Guardia Civil aportados por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial a la Delegación de Gobierno solicitando el permiso son coincidentes en la medición presencial de la distancia de lanzamiento del material pirotécnico al Monasterio, más de 80 metros«, indican fuentes municipales. Sin embargo, Delegación de Gobierno aporta en su alegación una medición de distancia de 59 metros mediante visor cartográfico. Ante esta discrepancia de mediciones, la sentencia toma el informe que fija una distancia menor.

«El Ayuntamiento de San Lorenzo El Escorial, como no puede ser de otra manera, acatará las resoluciones judiciales, pero agotará la vía contencioso-administrativa para recuperar una de las tradiciones más queridas por los vecinos y que forma parte de las fiestas patronales del municipio desde hace tres décadas», concluye el comunicado.

No puedes copiar el contenido de esta página

Send this to a friend