Moralzarzal abre la convocatoria para solicitar uno de los 30 huertos urbanos en la zona del arboreto
Del 19 al 29 de mayo permanecerá abierta la convocatoria para solicitar uno de los huertos urbanos del Ayuntamiento de Moralzarzal. La Concejalía de Medio Rural ha convocado la cesión temporal en precario de porciones de terreno en suelo no urbanizable destinadas a la instalación y uso de huertos urbanos, como fin de interés público y social para los vecinos, promoviendo la agricultura ecológica y la participación vecinal.
El proyecto se compone de 30 huertos urbanos con un tamaño de 8×5 m. (40 metros cuadrados), situados en la zona del Arboreto Municipal, donde además tendrán lugar talleres, charlas y actividades durante todo el año relacionadas con la huerta y sus etapas y otras actividades de educación ambiental.
Dichos huertos contarán con toma de agua individualizada con un grifo. El riego únicamente se podrá realizar mediante goteo, quedando totalmente prohibido el riego por inundación. El coste del agua será asumido por el Ayuntamiento de Moralzarzal. El resto de los materiales necesarios para llevar a cabo el riego y las labores propias del huerto serán asumidos por los adjudicatarios a su riesgo y ventura.
Los beneficiados dispondrán de varios espacios comunitarios como la caseta de aperos, una zona de compostaje y una zona de descanso o recreo. Además, se les suministrará parte del plantón, como pueden ser tomates, pimientos, melones…etc.
Solo se podrán plantar especies hortícolas y aromáticas para atraer a las especies polinizadoras, quedando prohibido la plantación de árboles o arbustos. Se impartirán cursos a los adjudicatarios por parte del IMIDRA para llevar a cabo el mejor desarrollo del proyecto.
El plazo otorgado de aprovechamiento en precario de uso del huerto urbano será desde adjudicación hasta 2 de marzo de 2026. El horario de acceso al espacio del arboreto será de 8:00 a 22:00 h., quedando cerrado fuera del horario estipulado. En ningún caso se podrá ceder y o arrendar el huerto a terceras personas.
Requisitos de participación
Para optar a uno de estos huertos es necesario ser mayor de edad, estar empadronado en Moralzarzal (requisito que deberá mantenerse durante todo el periodo de vigencia de la autorización), con una antigüedad de al menos 1 año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la fecha de la convocatoria y estar en disposición de presentar contrato de arrendamiento o titularidad de la vivienda de empadronamiento (en caso de no disponer de ninguno de estos documentos podrá presentarse declaración del propietario de la vivienda o del titular del contrato de arrendamiento en la cual se acredite la autorización de empadronamiento del solicitante).
Además, el solicitante deberá estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y seguridad social.
Solo se admitirá una petición por domicilio, independientemente de las personas que se encuentren empadronadas en el mismo. A la solicitud se tendrá que adjuntar y declaración responsable de reunir cada una de las condiciones exigidas.
«La finalidad es potenciar la convivencia y encuentro de los vecinos en una huerta comunitaria donde se realicen actividades conjuntas enfocadas al respeto y cuidado del medio ambiente y a la recuperación de los espacios rurales», señalan fuentes del Consistorio.
La iniciativa persigue «el uso del suelo por parte de los vecinos del pueblo con fines de autoabastecimiento, recuperando así una cultura rural casi abandonada en la zona, y la potenciación de la agricultura y ganadería ecológicas», dicen fuentes municipales, así como la «oferta de actividades de ocio verde, educación ambiental, recuperación de la “cultura de Sierra” y conocimiento y disfrute de nuestro entorno».
Sorteo
Tras la comprobación y verificación de los datos facilitados por los interesados, se procederá, en caso de ser necesario por producirse más solicitudes que huertos disponibles, a realizar un sorteo público entre las solicitudes que cumplan con los requisitos. Tras el mismo, se procederá a establecer la lista de adjudicatarios y otra lista de espera única.
Se contactará con los agraciados para informarles del procedimiento de depósito de la fianza requerida de 50 euros en garantía de la correcta ejecución y de la limpieza posterior del terreno.
Solicitudes
La presentación de la solicitud podrá realizarse por cualquiera de las modalidades establecidas en el art.º 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de elegir la opción de registro electrónico, deberá utilizarse el formulario especifico habilitado al efecto en la sede electrónica municipal.
En caso de elegir la opción de registro presencial, deberán solicitar cita previa, de la forma habitual (918427910 – sac@moralzarzal.es -cita previa). Además del horario general de reserva de cita, se guardarán para la presentación de solicitudes a este procedimiento, citas en horario de tarde los días 22 y 29 de mayo, que deberán haber sido previamente reservadas de forma presencial, telefónica o mediante correo electrónico.
En caso de elegirse en Oficina de Correos, deberá utilizarse el formulario especifico, además de advertir de esta presentación mediante envío de justificante al correo electrónico sac@moralzarzal.es, antes de la finalización del plazo máximo de presentación de solicitudes.
En caso de elegirse cualquier otra modalidad de las contempladas en el artículo señalado anteriormente, deberá utilizarse en todos los casos el formulario especifico, así como advertir de esta presentación mediante envío de justificante al correo electrónico sac@moralzarzal.es, antes de la finalización del plazo máximo de presentación de solicitudes.
Inspecciones y revocaciones
Una vez finalizado el plazo otorgado para la autorización, el área municipal de medio rural realizará las comprobaciones pertinentes y emitirá informe de resolución y notificación (con traslado a la Tesorería municipal para que proceda a la devolución de las fianzas depositadas, según cada caso si procede).
El Ayuntamiento de Moralzarzal podrá ejercer en cualquier momento sus potestades de tutela e inspección, adoptando las decisiones que proceda. Podrá efectuar una supervisión para asegurar el correcto mantenimiento del espacio y el cumplimiento de las condiciones establecidas, pudiendo llegar a ser causa de extinción de la autorización de uso de la parcela del huerto el incumplimiento de las mismas.
La autorización se extinguirá por el vencimiento del plazo de autorización, por la pérdida de la condición de empadronado por muerte o incapacidad sobrevenida del autorizado, por la renuncia del autorizado, por resolución judicial, por la revocación de la autorización, por razones de interés público unilateralmente por parte del Ayuntamiento, sin generar derecho a indemnización, cuando resulte incompatibles con las condiciones generales aprobadas, produzcan daños en el dominio municipal, impidan su utilización para actividades de mayor interés o menoscaben el uso general.
Al finalizar la autorización ya sea por cumplimiento del plazo o por cualquiera de las causas previstas en el punto anterior, el autorizado se obliga a dejar libre y a disposición del ayuntamiento el huerto, sin necesidad de requerimiento alguno. En el caso de revocación, dispondrá de un plazo de 15 días para ello desde que se le notifique.