Galapagar convoca un plan de ayudas para autónomos y microempresas, con una dotación total de 580.000 euros
El alcalde Galapagar, Alberto Gómez, y el concejal de Comercio y Desarrollo Local, Santos Esteban, han presentado esta mañana un plan de ayudas para autónomos y microempresas del municipio, con el objetivo de paliar los efectos económicos producidos por la crisis sanitaria del COVID-19.
Este plan, explican desde el Ayuntamiento, surge tras la aprobación de la concesión de ayudas económicas para los comercios, autónomos y microempresas en el pleno extraordinario del celebrado el pasado mes de junio, «ya que constituyen uno de los colectivos más afectados por las duras medidas decretadas por el Gobierno de España durante el estado de alarma». «La finalidad de esta convocatoria es proteger y apoyar el tejido productivo de Galapagar, intentando minimizar el impacto producido por las duras restricciones que se produjeron durante el estado de alarma. Para que, de esta forma, puedan seguir manteniendo su actividad y conseguir que se produzca, lo antes posible, una reactivación económica y social en el municipio», señalaron.
La cuantía total de esta subvención asciende a 580.000 euros, de los que, en caso de que no se agotasen, se podrá realizar una nueva convocatoria hasta la ejecución de la totalidad de los créditos habilitados al efecto, según explicó Santos Esteban, quien subrayó que «no podemos olvidar que los comercios, autónomos y microempresas son generadores de empleo y riqueza en Galapagar, ya que el comercio de proximidad tiene un gran impacto sobre la economía del municipio y necesitan el apoyo del Ayuntamiento».
Por su parte, el regidor reiteró que “el apoyo a las PYMES y a los autónomos es una prioridad del equipo de Gobierno que presido. El pequeño comercio local y de proximidad es el que genera empleo de calidad y el que vertebra un municipio».
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas:
- Las microempresas (según la definición del Anexo I del Reglamento de la Unión Europea 651/2014), en concreto, el artículo 2 establece la definición de microempresa, dentro de la categoría de PYMES, como empresa en la que trabajan menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio no supera los 2 millones de euros.
- Autónomos no societarios que hayan estado dados de alta en el RETA, ininterrumpidamente durante los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, manteniéndose el alta en la fecha de pago de la subvención, y que no se hayan acogido al cese de actividad.
- Autónomos no administradores societarios que hayan estado dados de alta en el RETA, de forma interrumpida, 9 de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, manteniéndose el alta en la fecha de pago de la subvención, y que no se hayan acogido al cese de actividad.
- Autónomos no societarios o microempresas que hayan visto reducida, al menos en un 75% la facturación del mes de abril de 2020 respecto del mes de febrero de 2020, o bien respecto del mes de abril de 2019.
- Autónomos no administradores societarios y microempresas que estén constituidas y funcionando desde, al menos, el 1 de enero de 2020 en el municipio de Galapagar.
Requisitos
Los solicitantes serán personas físicas y jurídicas, con o sin trabajadores a su cargo, empadronadas en el municipio y/o cuya licencia de actividad haya sido otorgada por el Ayuntamiento de Galapagar, en ambos casos con domicilio fiscal en el municipio de Galapagar. Solo podrá ser subvencionada una solicitud por empresa. En lo que respecta a estas bases, si el solicitante es titular de varias actividades económicas que se han visto afectadas por la declaración del estado de alarma, sólo se subvencionará una de ellas.
El abono de las ayudas municipales se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud, una vez terminado el proceso descrito en el punto anterior. En cualquier caso, el abono se tramitará exclusivamente en función del concepto solicitado.
Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: Alcalde de Galapagar
- El personal Técnico de Comercio.
- El personal Técnico de Desarrollo Local y Empleo.
- La persona titular del Área de Intervención Municipal.
- La persona titular del Área de Secretaría.
Integrantes de la Comisión que participarán con voz, pero sin voto:
- Concejales delegados de Comercio, Desarrollo Local y Empleo, y de Economía y Hacienda.
- Los portavoces de los grupos políticos.
