El Ayuntamiento de El Escorial recurrirá la sentencia que declara nulo el proyecto de reparcelación de Montencinar

El alcalde se ha reunido con las tres asociaciones de vecinos de la zona para informar de la decisión, señalando que hay "motivos de peso" para presentar el recurso.

Tal como había anunciado a principios de mes, el Ayuntamiento de El Escorial ha decidido interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la Sentencia 943/2026, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que estima el recurso de apelación de la Asociación de Propietarios de Montencinar y declara la nulidad del proyecto de reparcelación. La decisión ha sido tomada tras analizar cautelosamente y bajo criterios técnicos y jurídicos la actual situación del proceso contencioso – administrativo, indican duentes municipales.

El alcalde, Antonio Vicente, y la concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Soledad del Valle, han mantenido una reunión conjunta con las tres asociaciones de vecinos de Montencinar para informar acerca de la postura de la administración y de la decisión tomada ante el último fallo judicial. Se trata de una sentencia recurrible en casación, por lo que, tras analizar el contenido por los servicios jurídicos municipales y exponer los motivos tanto técnicos como jurídicos para recurrirla, el Ayuntamiento ha decidido interponer el recurso. El concreto interés casacional objetivo se establecerá en el recurso que está actualmente en redacción.

 

Aparte de las razones técnico-jurídicas, continúan desde el equipo de Gobiernom «existen motivos fundados que legitiman la decisión adoptada». Desde 2020, recuerdan estas mismas fuentes, se han presentado seis recursos contencioso – administrativos contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 5 de septiembre de 2019, por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del PERI 3 Montencinar.

Todas las sentencias de los tribunales de instancia han desestimado los recursos y, por tanto, han sido favorables al Ayuntamiento. Además, tres han sido recurridos por la parte demandante en apelación al TSJM, dos de ellos fueron desestimados y otro, recurrido en casación al Tribunal Supremo, fue inadmitido. Por tanto, la Justicia se ha pronunciado hasta en nueve ocasiones a favor del Ayuntamiento y tan solo en una ocasión en contra, subraya el Consistorio escurialense en un comunicado.

Proyecto de urbanización

La tramitación del proyecto de urbanización, aclaran fuentes municipales, no puede continuar por seguridad jurídica hasta que se resuelva el recurso de casación, puesto que la sentencia anula el proyecto de reparcelación, que es la condición previa necesaria para llevar a cabo las obras de urbanización. El coste de las actuaciones administrativas relativas al proyecto de urbanización hasta la fecha será asumido por el Ayuntamiento.

Para la interposición del Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo se dispone de 30 días desde la notificación de la sentencia y para la admisión formal, remisión al Tribunal Supremo y preparación del escrito de interposición se estiman unos tres meses. Una vez presentado, se estima un plazo aproximado de entre seis y ocho meses para conocer si se admite o no. De admitirse, el Tribunal dictaría sentencia en un plazo indeterminado.

La decisión del Ayuntamiento se produce pese al rechazo de la Asociación de Propietarios de Montencinar, además de las críticas de dos formaciones vinculadas a esta zona de la localidad, Agrupación Escorial Norte y ANCLA. Además, el grupo municipal de Vox también había pedido al equipo de Gobierno que no presentase este recurso de casación.