Collado Villalba aprueba una ordenanza para agilizar licencias urbanísticas

El Ayuntamiento de Collado Villalba ha sacado adelante en sesión plenaria la aprobación inicial de la ordenanza que regulará el régimen de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas de Verificación, Inspección y Control (ECUS), que han contado con los votos favorables del equipo de Gobierno (PP), Vox, MCV Corazón Villalbino; y el voto en contra del PSOE y Mas Madrid Collado Villalba.

«Con esta iniciativa el Gobierno municipal avanza en su compromiso de reducir tiempos administrativos, mejorar la eficiencia de los procedimientos y facilitar que proyectos residenciales, comerciales o empresariales puedan desarrollarse con mayor rapidez y seguridad jurídica; un instrumento clave que permitirá agilizar y modernizar la tramitación de licencias urbanísticas en el municipio», según han explicado fuentes municipales.

Las ECUS actuarán como entidades de apoyo técnico en la verificación de documentación, inspección y control, contribuyendo a que los expedientes lleguen al Ayuntamiento más completos y revisados, lo que permitirá acortar plazos y ofrecer una respuesta más ágil a vecinos, promotores y empresas.

Ciudad más dinámica y competitiva

El concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Adan Martínez, ha subrayado que “esta ordenanza sitúa a nuestro municipio en la línea de las ciudades más dinámicas y competitivas, adoptando herramientas que ya están funcionando con éxito en otros ayuntamientos y que permiten aliviar la carga administrativa sin renunciar al rigor técnico y al cumplimiento normativo”.

Asimismo, ha destacado que “agilizar licencias significa generar más vivienda, impulsar el desarrollo económico y atraer inversiones que se traducen en empleo y oportunidades para nuestros vecinos. Esta ordenanza es un paso firme para seguir construyendo una ciudad moderna, eficiente y preparada para crecer”.

Carácter voluntario

El funcionamiento de las Entidades Colaboradoras tienen carácter voluntario y permite que los interesados opten por presentar una declaración responsable o solicitar una licencia con un certificado de conformidad emitido por las propias entidades colaboradoras.

Las entidades colaboradoras deberán disponer de los medios materiales y personales suficientes y adecuados, así como cumplir los requisitos de solvencia técnica y financiera establecidos en la normativa autonómica sobre entidades colaboradoras y en la Norma UNE-EN ISO/IEC 17020, siendo necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Contar con dos o más profesionales con las siguientes características:
    • Arquitecto o Ingeniero con experiencia acreditada por un período mínimo de diez años
    • Abogado, legalmente habilitado para ello, con experiencia acreditada por un período mínimo de diez años.
  • Tener suscrito seguro de responsabilidad civil por cuantía mínima de 1.000.000 de euros, que debe incluir la actividad del profesional que se desarrolla como entidad urbanística de colaboración. Dicha cuantía, además de no ser limitativa de la responsabilidad, podrá ser actualizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Las entidades colaboradoras deberán obtener una autorización administrativa de la Junta de Gobierno y/o área del Ayuntamiento para la realización de las funciones de verificación, inspección y control

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