El Ayuntamiento de Alpedrete recuerda que la gestión administrativa y el funcionamiento de los servicios municipales sigue realizándose de manera telemática
La gestión administrativa y el funcionamiento de los servicios municipales del Ayuntamiento de Alpedrete sigue realizándose de manera telemática, aunque, desde el pasado día 11 de marzo, todas las dependencias municipales permanecen cerradas al público, a excepción de Policía Local y Servicios Sociales.
Para contactar con nuestros servicios o realizar alguna solicitud puedes hacerlo a través de nuestra sede electrónica, donde con firma digital, certificado digital o PIN 24H se pueden realizar todos los trámites y pagos de forma online.
Procedimiento para obtener el PIN 24 Horas
La solicitud puede realizarse por email a sac@alpedrete.es adjuntando copia de DNI y número de teléfono. Comprobados los datos para acreditar la identidad se activará el PIN 24H. Desde ese momento, el solicitante podrá acreditarse en cualquiera de las tramitaciones que tenga que realizar durante el estado de alarma.
Si surge alguna incidencia en nuestra sede, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de informática, en el correo electrónico informatica@alpedrete.es indicando qué trámite necesita realizar y por qué motivo no ha podido hacerlo.
En caso de precisar la resolución de alguna duda o trámite específico con alguna de nuestras áreas municipales, puede hacerlo a través de los siguientes teléfonos y correos electrónicos:
Policía Local Teléfono: 91 857 25 98 / 600 500 312 Correo electrónico: policia@alpedrete.es
Protección Civil Teléfono: 625 133 09 Correo electrónico: proteccioncivil@alpedrete.es
Atención al Ciudadano Teléfono: 91 857 21 90 Correo electrónico: sac@alpedrete.es
Horario general de atención al público: lunes a viernes: 8:30-14:30
Servicios Económicos Municipales Correo electrónico: intervencion@alpedrete.es tesoreria@alpedrete.es rentas@alpedrete.es
Oficina de Recaudación Municipal Correo electrónico: recaudación@alpedrete.es
Servicios Técnicos Municipales Correo electrónico: urbanismo@alpedrete.es
Agencia de Desarrollo Local Correo electrónico: adl@alpedrete.es
Servicios Sociales Teléfono: 91 850 80 80 Correo electrónico: ssociales@alpedrete.es Horario de atención al público: lunes a viernes, de 8:15 a 14:45.
Servicio de información al consumidor Teléfono: 91 531 01 46 y 617 57 37 47 Correo electrónico: aaccu@aaccu.es Horario: martes de 10:00 a 13:00 h
Juzgado de Paz Teléfono: 91 857 92 84 y 600 500 312 Correo electrónico: juzgadodepazdealpedrete@madrid.org Horario: 9:00-14:00h.
Casa de Cultura Asunción Balaguer Correo electrónico: casadecultura@alpedrete.es
Biblioteca Municipal Correo electrónico: biblioteca@alpedrete.es
Centro de Juventud Correo electrónico: juventud@alpedrete.es
Ciudad Deportiva Municipal Correo electrónico: cdeportivaalpedrete@adipro.es
Emisión de Certificados de empadronamiento para moratoria
La Comisión Permanente del Consejo de Empadronamiento, en sesión telemática de 31 de marzo de 2020, ha adoptado Resolución sobre la tramitación de certificados de empadronamiento para solicitar la moratoria en el pago de cuotas hipotecarias de colectivos vulnerables como consecuencia del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID.
Por ese motivo, el Ayuntamiento de Alpedrete, para todas aquellas personas que no puedan identificarse y solicitarlo a través de la sede electrónica, ha adaptado su procedimiento de emisión de certificados de empadronamiento. Se podrán solicitar al correo electrónico padron2@alpedrete.es adjuntando copia del DNI y documento manuscrito y firmado donde se especifique para que finalidad lo solicita y si éste debe ser individual o colectivo. Estos certificados se emitirán para las siguientes situaciones:
- En el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo de 2020 aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE de 18 de marzo de 2020, entre otras cuestiones, se establecen medidas para acceder a la moratoria del pago de deuda hipotecaria para la compra de vivienda habitual.
- Por otro lado, el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, contempla nuevos supuestos en los que se requiere el certificado de empadronamiento, pero a su vez la posible presentación de los mismos, en algunos casos, una vez haya finalizado el estado de alarma.
Suspensión de plazos
Actualmente, según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, se encuentran suspendidos los plazos para la tramitación administrativa de procedimientos, incluidos los recursos:
- Los plazos que se conceden a los interesados para la realización de los trámites que les incumben (presentación de solicitudes, formulación de alegaciones, aportación de documentos, interposición de recursos…).
- Los plazos establecidos para que los órganos y autoridades administrativas tramiten los procedimientos (para resolver y notificar, la emisión de informes, para la realización de actuaciones complementarias, para iniciar el procedimiento de revisión de oficio de las disposiciones y actos nulo o para declaración de lesividad de los actos anulable).
- Los plazos de prescripción y caducidad.
La suspensión se produce en el momento de la declaración del estado de alarma (el 14 de marzo de 2020) y se mantiene hasta que desaparezca dicho estado de alarma. Concluida la suspensión, el plazo no se reinicia sino que se reanuda su cómputo.
Ampliación de plazos para recurrir
Según el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, se amplía el plazo para recurrir a todo lo que afecta a cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado y se aplica a:
- Recursos en vía administrativa.
- Otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que sustituyan a esos recursos.
Renovación de Certificados electrónicos CERES
De acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha procedido a habilitar la renovación de certificados de Persona Física caducados a partir de la entrada en vigor del mismo. Acceder a la renovación del certificado.
Prórroga validez DNI
- El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, prorroga durante un año la validez de los Documentos Nacionales de Identidad que caduquen desde la entrada en vigor del estado de alarma el pasado sábado 14 de marzo. La prórroga de la validez del Documento Nacional de Identidad permitirá que puedan renovarse, conforme al procedimiento actual, los certificados reconocidos incorporados al mismo por igual periodo.
Contratos públicos
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo establece un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios, con el fin de evitar la resolución de los contratos y la consecuente pérdida de empleo.
- La suspensión (total o parcial) o ampliación de plazos no afecta a los procedimientos de preparación y adjudicación de los contratos, en los que la suspensión de plazos se rige por lo establecido en la Disposición adicional 3ª del Real Decreto 463/2020.