Subvenciones para la rehabilitación de viviendas en San Lorenzo de El Escorial

El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial ha firmado con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y con la Comunidad de Madrid un acuerdo para subvencionar inversiones en la rehabilitación de viviendas situadas dentro del perímetro declarado Área de Regeneración y Renovación Urbana y Rural de San Lorenzo de El Escorial.

Prácticamente todo tipo de obra encaja en estas subvenciones, siempre que estén terminadas con posterioridad al 1 de enero de 2018, que se encuentren en proceso de ejecución o que estén pendientes de inicio.

¿Quién puede solicitar la subvención?

Los beneficiarios de las subvenciones pueden ser:

  • Propietarios de viviendas particulares y propietarios de edificios.
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
  • Arrendatarios de viviendas que costeen las obras de rehabilitación en acuerdo con el propietario.

¿Qué requisitos deben tener las viviendas?

  • En el caso de viviendas particulares, tanto unifamiliares como en comunidades de propietarios :
    • Deberán constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas.
  • En el caso de edificios en régimen de comunidad de propietarios:
    • Deberán constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en, al menos, el 50% de las viviendas del edificio.

¿Cómo se acredita el derecho a la subvención?

La forma de acreditación será mediante el certificado de empadronamiento de los propietarios o arrendatarios. En el caso de edificios o viviendas desocupadas, será necesario el compromiso de que, una vez terminadas las obras, las viviendas resultantes se destinen a vivienda habitual en propiedad o en alquiler.

¿Qué actuaciones se subvencionan?

  • Obras o trabajos de mantenimiento e intervención, incluso en el interior de las viviendas, en instalaciones fijas, en equipamiento propio o en elementos comunes para adecuarlos al Código Técnico de Edificación.
  • Obras para la mejora de la eficiencia energética.
  • Obras de conservación, de mejora de la seguridad y de accesibilidad.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Las ayudas se calculan sobre el coste total de obra, que incluye Proyecto o Memoria, Informe de Evaluación del Edificio, Coste de ejecución y material y Certificados.

De forma general se concede el 40% de la intervención en cada vivienda con un máximo de:

  • 12.000 € si se reduce la demanda energética un 35% o más.
  • 8.000 € si se reduce la demanda energética menos de un 35%.

En situaciones de discapacidad, mayores de 65 años o ingresos familiares inferiores a 3 veces el IPREM, el porcentaje de subvención puede alcanzar el 75% de la inversión, con los límites máximos arriba señalados. Para los menores de 35 años se incrementa la subvención un 25%.

Los locales comerciales también pueden acceder a subvenciones específicas. En caso de edificios o viviendas unifamiliares declarados BIC (Bien de Interés Cultural) o catalogados con Protección Integral, a la ayuda unitaria podrán sumarse 1.000 € por vivienda y 10 €/m2 por local.

Hasta el 31 de diciembre de 2021, además, se puede optar a las bonificaciones al Impuesto sobre Construcciones, del 95% de la cuota, conforme a la Ordenanza Municipal.

¿Qué plazo hay para solicitar la ayuda?

Abierto el plazo para consultas y preparación de la documentación. La convocatoria se publicará en un plazo aproximado de dos meses desde el 1 de febrero de 2021.

La convocatoria es en régimen de competencia competitiva con el criterio de orden cronológico de presentación del expediente completo, por lo que se recomienda contactar con la Oficina Técnica con prontitud.

Ayuda personalizada a tu disposición

El Ayuntamiento ha puesto en marcha una Oficina Técnica de Gestión para informar, asesorar y apoyar a los vecinos del municipio en los trámites para realizar la solicitud de la subvención. La atención es a través de:

  • Teléfono: 625 512 774
  • Correo electrónico: rehabilita@aytosanlorenzo.es
  • Presencial: en Cuartel de Inválidos, c/ del Rey esquina c/ Pozas. Horario: miércoles de 10:00 a 14:00 y viernes de 17:00 a 20:00 horas.
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