Entran el vigor las modificaciones de las ordenanzas fiscales que reducirán la carga impositiva a los vecinos de Los Molinos

Ha entrado en vigor la modificación de la ordenanza del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) del Ayuntamiento de Los Molinos, tras la publicación en el BOCM. En dicha modificación se ha actuado sobre las plusvalías generadas por mortis causa. Se ha cambiado el anterior criterio de bonificación lineal del 50 por ciento y ahora se tendrá en cuenta el valor catastral del terreno para poder beneficiarse de la deducción:

  • Valor catastral menor o igual a 60.000, 80 por ciento de bonificación
  • Valor catastral entre 60.000 y 100.000, 70 por ciento de bonificación
  • Valor catastral entre 100.000 y 140.000, 60 por ciento de bonificación
  • Valor catastral superior a 140.000, 50 por ciento de bonificación

«En los próximos años seguiremos aumentando la bonificación hasta poder llegar al 95 por ciento, máximo permitido por ley, para las plusvalías por mortis causa», han asegurado fuentes municipales a través de un comunicado.

Otras bajadas de impuestos

A esta reducción de los impuestos se suma a las realizadas en los últimos meses consistentes en:

  • El aumento de la deducción del pago unificado de los impuestos, pasando la deducción de un 2 por ciento a un 3 por ciento en el caso del pago fraccionado en 4 plazos y de un 3 por ciento a un 5 por ciento, máxima deducción aplicable, para el pago de todos los tributos en un solo plazo.
  • IBI: se ha aumentado la bonificación sobre el impuesto de bienes e inmuebles, a los inmuebles que hayan realizado obras para la mejora de la eficiencia energética, instalando placas solares que permitan aprovechar térmica o eléctricamente la energía proveniente del sol. Esta instalación permitirá que durante los dos primeros años se pueda bonificar un 50 por ciento el recibo del IBI y en los 4 siguientes la reducción sea de un 30 por ciento. También se actualizó en esta modificación, la figura de familia numerosa, recogiéndose en la nueva ordenanza, todos los tipos de familia numerosa existente en la legislación de la Comunidad de Madrid. La bonificación será del 50 por ciento para valores catastrales hasta 100.000 euros, del 40 por ciento para valores catastrales de entre 100.000 y 200.000 euros y del 30 por ciento para valores catastrales de más de 200.000 euros.
  • ITVM: se ha aprobado una modificación del impuesto de vehículos de transmisión mecánica bonificándose un 75 por ciento para vehículos con etiqueta “0 emisiones” y un 50 por ciento para vehículos con etiqueta “ECO”.
  • ICIO: se ha modificado el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras bonificándose en un 90 por ciento las obras para adaptar las viviendas y establecimientos en cuestiones de accesibilidad y habitabilidad.

    Todas estas deducciones buscan aliviar las cargas impositivas de los vecinos, apoyándose en tres pilares fundamentales de la acción de gobierno: la reducción de emisiones de efecto invernadero, mejorando la accesibilidad de nuestros vecinos y el apoyo a familias numerosas como una de las posibles soluciones para el reto demográfico.

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