Un juzgado reabre la investigación contra el ex alcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras, por presunta prevaricación urbanística

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Colmenar Viejo continuará las diligencias de investigación por un presunto delito de prevaricación urbanística contra el ex alcalde de Hoyo de Manzanares José Ramón Regueiras García y nueve concejales de su entonces equipo de Gobierno, tres de los cuales siguen ahora en la Corporación en el grupo municipal popular, por segregar una parcela para construir viviendas y mejorar los accesos desde la Urbanización La Berzosa al campus de la Universidad Nebrija.

Este juzgado decretó anteriormente el archivo de las actuaciones pero la Audiencia Provincial ordenó reabrir la causa tras un recurso interpuesto por Ecologistas en Acción contra el sobreseimiento.

Ante lo cual, el magistrado de primera instancia ha emitido un nuevo auto el pasado 15 de julio para que se continúe la tramitación para determinar si esta actuación pudo ser constitutiva de un presunto delito contra la ordenación del territorio y urbanismo.

Un proyecto urbanístico de construcción de 118 viviendas

Aparte de los concejales y ex ediles denunciados, la causa se dirige también contra la aparejadora municipal y el que era letrado asesor del Consistorio por este proyecto urbanístico de construcción de 118 viviendas, con vial incluido, en el año 2016, en el entorno de la urbanización La Berzosa, en Hoyo de Manzanares, donde se ubica la Universidad Antonio de Nebrija y sobre terrenos de su propiedad.

Los hechos fueron denunciados por el Ministerio Fiscal en 2017 y Ecologistas en Acción se personó en la causa en 2019 como acusación popular, al sostener que el propio Registro de la Propiedad suspendió la inscripción de alguna de las parcelas por observar una acción contraria a derecho de la promotora urbanística.

La promotora Universitas Nebrissensis S.A sentó el proyecto urbanístico referido ante la administración local, pretendiendo segregar 849 metros cuadrados de la finca matriz y urbanizable, para cederla al Ayuntamiento con la intención de que se acometiera un vial de conexión directa con la autovía A-6.

De esta forma, construyendo un acceso rodado directo, se conseguía presuntamente una revalorización de las viviendas, aspecto que podría contravenir la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y la normativa de planeamiento del propio municipio, pues requiere una extensión mínima para reparcelar de 2.000 metros cuadrados.

Edificio de la Universidad Nebrija en La Berzosa

Indicios de prevaricación y «arbietrariedad»

La nueva resolución expone que existen indicios racionales para estimar que el citado proyecto quedaba fuera de la ordenación urbanística vigente y que, pese a ello, se presentaron informes favorables a la aprobación, algo que sucedió en 2014 por la Junta de Gobierno conformada entonces.

Al respecto, la Audiencia Provincial expuso en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que es preciso continuar el procedimiento al entender que pueden haber indicios de prevaricación y «arbitrariedad» en la conducta de los acusados.

«Ninguna explicación han dado dichos investigados, salgo el caso de Susana S., al hecho de que votaron a favor de la segregación y tramitación del expediente de modificación puntual de normas subsidiarias cuando en el informe del letrado asesor se hacía constar de que la parcela resultante de la segregación contravenía la norma subsidiarias de planeamiento dado que tenía una superficie inferior a la permitida», razona la Audiencia Provincial.

Además, ha agregado que pese a ello se emitió un informe favorable a la aprobación y que no cabe alegar, como han hecho alguno de los implicados, de desconocimiento.

También expone que la instrucción recalca que no existe prevaricación administrativa pero no entra a valorar convenientemente si es constitutiva del tipo urbanístico.

En su día, Ramón Regueiras indicó que el expediente sobre estos viales comenzó en 2001, mucho antes de que él o cualquier otro miembro del equipo de Gobierno estuviese en el Ayuntamiento.

Con respecto a los terrenos, explicó que pertenecen a la Universidad y que, como recoge la sentencia anterior desestimatoria de la denuncia, el Ayuntamiento solamente debía aprobar los accesos hasta las 118 viviendas y promover un vial con la finalidad de evitar atascos en la citada universidad.

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