El TSJM tumba el cierre de Madrid y otras nueve ciudades de la región por «vulnerar derechos fundamentales»

Los magistrados entienden que sería necesario decretar el estado de alarma para aplicar estas medidas.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado en un auto la ratificación de las medidas acordadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la región -Madrid capital y otras nueve grandes ciudades- en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública. La Sala ha tumbado el confinamiento de la región porque se «vulneran derechos fundamentales».

En un auto, los magistrados precisan en su resolución que «se está ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre».

Argumenta que como reconoce el propio letrado de la Comunidad de Madrid, lo que se solicita en esta ocasión es «la ratificación del mandato obligado del ministro de Sanidad por el que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2«.

La resolución aclara que es el artículo 65 de la referida ley el que cita el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020 como único título legal habilitante de la potestad administrativa ejercitada en la mención del citado acuerdo y la emisión de la Orden comunicada, cuya ejecución lleva a cabo la Comunidad de Madrid.

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